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Comunicado calidad

La Corporación Red de Instituciones de Educación, Investigación y Desarrollo del Oriente Colombiano - UNIRED, presenta, en nombre de las nueve Instituciones de Educación Superior de Santander y Norte de Santander que la integran, una serie de propuestas que permitan propiciar una mejor adaptación a las transformaciones normativas y operativas del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la educación superior en el país.

En los últimos años hemos asistido como país y como sector de la educación superior a un conjunto de transformaciones en relación con el sistema de aseguramiento de la calidad, no solo en relación con los instrumentos y los medios sino, también, con respecto a los propósitos y alcances de este.

Estas innovaciones, motivadas sin lugar a duda por una intencionalidad de mejora continua, de modernización del sector y de la puesta a tono de este con las dinámicas actuales de la educación superior a nivel mundial, han implicado para las instituciones de educación superior un cambio cultural, por cuenta del carácter normativo de los mismos y dado nuestro compromiso con la mejora permanente de nuestro sector y, a través de él, con el desarrollo educativo, social y económico del país.

Justamente en atención a nuestro compromiso con las transformaciones de fondo que tanto el Decreto 1330 de 2019, así como sus resoluciones reglamentarias, y el Acuerdo 02 de 2020 del CESU implican para las instituciones, queremos poner en su consideración algunas reflexiones y propuestas para lograr avanzar de manera mucho más clara, expedita y estructural en la mejora de la educación superior de Colombia, a través de la actualización del Sistema de Aseguramiento de la Calidad:

1. El Decreto 1330 de 2019 fue promulgado el 25 de julio de 2019, luego de la realización de actividades regionales en las cuales estuvimos involucradas la mayoría de las instituciones de educación superior del país. Este decreto, entendemos, no solo implica un cambio procedimental asociado con los trámites de registro calificado, sino un cambio estructural en materia de gestión curricular y de la calidad institucional y de programas, razón por la cual en nuestras instituciones iniciamos las adecuaciones normativas y tecnológicas necesarias y, de manera insoslayable, la formación y cualificación de nuestras comunidades académicas y administrativas para afrontar tanto los cambios procedimentales como los retos académicos y culturales derivados de la norma citada.

2. Posterior al Decreto 1330 de 2019 fue expedida la Resolución 021795 de 19 de noviembre de 2020, es decir, un año y cuatro meses después, la cual precisa en su artículo 77 que la misma rige a partir del momento de su publicación. Es necesario señalar que dicha resolución define los aspectos para evidenciar el cumplimiento de las condiciones de calidad de los programas.

Esta resolución ha representado para nuestras instituciones no solo la declaración sino la puesta en marcha de planes de capacitación, reorganización de políticas (algunas de las cuales ya habíamos incluso modificado una vez entró en vigor el Decreto 1330), definición de instrumentos, inversiones tecnológicas, entre otras. Lo que es necesario referir en este punto es que, a pesar de que dicha resolución se publicó un año y cuatro meses después, los procesos de registro calificado han sido objeto de traslados de concepto o incluso negaciones a la luz de la insuficiencia o inadecuación de dichos programas a las disposiciones de esta resolución.

Lo anterior ha implicado reprocesos y dificultades para la sostenibilidad académica, financiera y administrativa de varios de los programas, procesos e incluso instituciones, toda vez que los cambios, evidencias y temporalidades requeridos en dicha resolución no han tenido un tiempo de transición o de adecuación para las instituciones de educación superior en el país.

Algunos de los aspectos incluidos en la nueva normativa, que implican retos inmediatos para las universidades, son:

a) Necesidad de virtualizar todos los módulos de un primer período para un programa nuevo, desconociendo si dicho programa será aprobado.

b) Solicitud de contar con prospectiva a 7 años de investigaciones, profesores, medios educativos, infraestructura tecnológica y financiera, tanto institucionales como de programa, conociendo de antemano que enfrentamos quizá el momento de mayor incertidumbre en el futuro de la educación superior.

c) Solicitud de medición y evaluación de los resultados de aprendizaje esperados, los cuales son de reciente implementación en la mayoría de nuestras instituciones.

3. La situación descrita en el numeral anterior se suma a los retos que como instituciones hemos tenido que afrontar a raíz de la pandemia, como agentes que contribuimos, en situaciones de emergencia, a la mitigación del impacto social en nuestras comunidades e instituciones que, al tiempo, debemos adaptarnos rápidamente a las nuevas realidades sociales, económicas y educativas, con miras a consolidar los proyectos educativos y la sostenibilidad institucional.

4. Adicionalmente, el pasado 8 de abril se realizó el lanzamiento de la nueva plataforma del SACES, la cual contiene una modificación en la estructura y forma de cargar la información requerida para la renovación de registros calificados y la creación de nuevos programas, ocasionando así; que varios programas que ya tenían adelantado el documento maestro, tuvieran que comenzar un proceso de cambio de información, dado que los requisitos de esta plataforma incluyen aspectos nuevos, tales como; el diligenciamiento de documentos anexos que son de obligatorio cumplimiento y que en algunos casos las instituciones no estaban preparadas para ello.

5. El pasado 20 de mayo recibimos con beneplácito la circular externa No 15 del Ministerio de Educación Nacional en la cual se ofrecieron algunas rutas para favorecer y facilitar el tránsito de la plataforma Saces a la denominada “Nuevo Saces”, toda vez que incluyen estrategias de mesa de ayuda y de capacitación permanente, lo cual acompaña algunas medidas de solución a posibles dificultades.

No obstante, lo anterior, es necesario reparar en el hecho de que esta nueva herramienta, justamente por su calidad de ser un instrumento, no resuelve los retos curriculares, académicos, institucionales y de cultura universitaria requeridos para lograr la mejora de la calidad de la educación superior en nuestro país. Desde nuestras instituciones estamos expectantes de estos procesos de formación y acompañamiento.

 

Estas situaciones, aunque una de ellas fue imprevisible y sigue planteándonos desafíos como sociedad y como instituciones, nos motiva a escribir la presente comunicación con el objetivo de poner en consideración del Ministerio de Educación Nacional las siguientes propuestas que, con finalidad constructiva y académica, nos permitan superar una situación social y, al tiempo, propicien las transformaciones académicas, curriculares y de la gestión de la calidad de nuestras instituciones con miras a mejorar sustancial y estructuralmente el sector:

1. Generar procesos de flexibilidad que permitan una implementación gradual y transitoria de la Resolución No. 021795 del 19 de noviembre de 2020, principalmente en aquellas etapas de completitud, visita de pares académicos y evaluación por parte de las Salas de CONACES.

2. Realizar un análisis y valoración en el sector en torno a las implicaciones de la Resolución mencionada en materia de gestión curricular y madurez de los sistemas internos de aseguramiento de la calidad de las instituciones de educación superior del país.

3. Analizar la posibilidad de ampliar durante seis meses las disposiciones transitorias contempladas en la Sección 12 del Decreto 1330 de 2019 a la luz de las realidades y contingencias actuales por las cuales estamos atravesando las instituciones de educación superior del país.

4. En concordancia con lo expuesto en el numeral precedente, evaluar la puesta en marcha del Decreto 1330 de 2019 con las Instituciones de Educación Superior que han venido afrontando dificultades por la interpretación y alcance de algunas disposiciones, lo cual ha generado dificultades de todo orden en los trámites que se surten ante el Ministerio, asociados, entre otros, a la renovación de registros calificados.

5. Analizar la posibilidad de ampliar el término establecido en la circular No. 015 del 20 de mayo de 2021, por un año más, garantizando la disponibilidad de la plataforma SACES para realizar la radicación de trámites tanto de obtención como de renovación de registros calificados.

6. Realizar una reestructuración de la plataforma “Nuevo Saces” para articular su organización con la estructura establecida en la Resolución No. 015224 del 24 de agosto de 2020, y en la Resolución No. 021795 del 19 de noviembre de 2020, aplicables al trámite de Registro Calificado. El Ministerio de Educación Nacional ha realizado capacitaciones que podrían ser más eficientes, dadas las múltiples inquietudes y dudas que persisten frente al diligenciamiento de las nuevas plantillas, teniendo en cuenta que los requisitos de dicha resolución se evaluarán retroactivamente en programas cuyo funcionamiento procede de hace varios años.

7. Analizar la posibilidad de ampliar durante seis meses más los términos de la aplicación gradual del modelo de acreditación en alta calidad establecido en el Artículo 60, literales a). y b).

8. Generar procesos de flexibilidad que permitan una implementación gradual y transitoria del Acuerdo 02 de 2020 y realizar la debida capacitación con los consejeros y pares académicos, para garantizar que la visita de pares y el proceso de evaluación por parte del CNA, se enfoque en el modelo con el cual se haya presentado la solicitud de acreditación o de renovación de acreditación en alta calidad y no con el nuevo modelo exclusivamente.

9. Dadas las importantes transformaciones que plantea la entrada en vigencia de la nueva normatividad, es imperativo el establecimiento de un canal de comunicación entre IES y MEN con mayor nivel de agilidad de respuesta, sobre todo en el proceso de transición a la gestión de los programas bajo estos nuevos lineamientos.

Señor viceministro, como ha sido nuestro interés desde siempre, confiamos en que esta comunicación y las propuestas en ella consignadas coadyuven a la gestión que el Ministerio de Educación Nacional realiza con miras a modernizar y mejorar la calidad de nuestro sistema de educación superior colombiano.

Fr. Óscar Eduardo Guayán Perdomo O.P.

Rector, Universidad Santo Tomás - USTA, Seccional Bucaramanga.

Hernán Porras Díaz

Rector, Universidad Industrial de Santander – UIS.

 

Juan Camilo Montoya Bozzi

Rector, Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNAB.

 Jaime Restrepo Cuartas

Rector, Universidad de Santander - UDES.

 

Padre Gustavo Méndez Paredes

Rector, Universidad Pontificia Bolivariana - UPB, Seccional Bucaramanga.

 

 Franklin Figueroa Caballero

Rector, Fundación Universitaria de San Gil - UNISANGIL.

 Edgar Antonio Sánchez Ortiz

Director, Universidad Francisco de Paula Santander Seccional Ocaña.

 

Jorge Darío Higuera Berrío

Vicerrector Santanderes, Corporación Universitaria Minuto de Dios - UNIMINUTO.

 

 

Jorge Gómez Duarte

Rector, Fundación Universitaria FCV.

 

 

 

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